jueves, 12 de noviembre de 2015

Las empresas ante la corrupción


En estos últimos tiempos hemos podido comprobar las nefastas consecuencias derivadas de la corrupción, la divulgación de las acciones corruptas gracias a los medios de comunicación y a las redes sociales, ha servido para que todos seamos más conscientes, de la extensión y profundidad del fenómeno de la corrupción. En todas las economías, tanto en vías de desarrollo como avanzadas, las consecuencias nefastas que se derivan de ella para las personas, las empresas y los países, así como la importancia  de erradicar los comportamientos corruptos, como medio para ganar en justicia, eficiencia, solidaridad, libertad y democracia, ha dado lugar a un conjunto de acciones dirigidas a combatir la corrupción.



A fin de evitar esta lacra las empresas tienen que tomar medidas principalmente internas, para prevenir las actuaciones corruptas por parte de sus socios, directivos y colaboradores y, a la vez defenderse de los "agentes" externos. 

En todo caso la corrupción causa graves daños: los servicios y bienes públicos son más caros y de menor calidad, se reduce la credibilidad del sistema político y de la democracia, se perjudica la competencia y, lo que es más grave en el largo plazo, se ponen en marcha procesos de aprendizaje social y moral por los que los propios interesados, los afectados y, a la larga, toda la sociedad, se ven impulsados a practicar conductas ilegales.

La corrupción suele ser el resultado de, al menos tres factores:

  • Oportunidad: viene dada por la concentración de poder de decisión en una persona u organismo, sin el control suficiente.
  • Beneficio: se deriva de los ingresos que puede obtener el corrupto, que estarán relacionados con los beneficios o costes que pueda hacer recaer con su decisión sobre el que paga.
  • Riesgo: se refiere a la detección de la corrupción y a su castigo.

La lucha contra la corrupción se orienta, pues, a la reducción de sus oportunidades y beneficios y al aumento de sus riesgos.  




Las empresa que desean combatir positiva y eficazmente la corrupción, tanto activa (ofrecer o pagar sobornos) como pasiva (aceptar la presión resultante de una extorsión), deben desplegar tres tipos de medidas:


  1. Declaración de voluntad: la alta dirección de la empresa debe manifestar claramente su voluntad y propósito de cumplir todas las leyes, prohibiendo estrictamente toda forma de corrupción (activa, pasiva) en la empresa, puede hacerse en un código de conducta y debe ser reiterada periódicamente. Este tipo de declaraciones puede ser ineficaz, e incluso contraproducente, cuando las acciones de la dirección no se corresponden con sus palabras. Las declaraciones deben ser realistas, de modo que sean creíbles.                                                                  
  2. Definir responsabilidades: debe quedar siempre claramente definido quién lleva las gestiones y quién asume la responsabilidad en las acciones que puedan tener que ver con la corrupción. Convendrá elevar esa responsabilidad a los niveles más altos de la organización.                                                                                                                                                                                                   
  3. Establecimiento de criterios generales: la alta dirección debe estar en condiciones de proporcionar criterios, técnicos, económicos, jurídicos y éticos acerca de los problemas que se presenten en relación con la corrupción. Esos criterios deben ser conocidos también por los clientes y proveedores, que tienen derecho a conocer quién negocia con ellos, quién toma las decisiones y de quién dependen esas personas. 


Es conveniente bajar a detalles que pueden clarificar situaciones, por ejemplo:

 -Las contribuciones a partidos políticos deben hacerse siempre de acuerdo con la ley vigente en el país, deben estar siempre recogidas en la contabilidad y expresión del medio como se llevo a cabo. Cuando se lleven a cabo, deben serlo como manifestación de responsabilidad ciudadana, pero no para recibir favores o ventajas.

- Prohibición absoluta de regalos, servicios, privilegios, etc., que superen una cierta cantidad, que puedan interpretarse como una violación de la honradez e independencia de juicio del que los recibe o que puedan poner en peligro el buen nombre de la empresa.   

- Aceptación del cobro o pago de comisiones que sean legales y normales en operaciones de intermediación, etc., siempre que las autorice la empresa y no puedan causarle problemas.

- Prohibir los pagos de facilitación, por ejemplo pago de una propina para agilizar un expediente.

- Limitación al desarrollo de negocios o gestiones por parte de directivos o colaboradores fuera de la empresa que puedan suponer una competencia para ésta, limitación de la contratación con parientes. Establecimiento de procedimientos para esos casos.

- Limitación del anonimato: los colaboradores deben dar siempre su nombre a las personas con las que se relacionan en nombre de la empresa.

- Aprobación de gastos: se deben establecer criterios estrictos sobre la aprobación de gastos, esto incluye el respaldo de la documentación necesaria.




Los colaboradores de la empresa deben conocer siempre a quién pueden acudir para denunciar intentos de corrupción, así como para pedir consejo sobre determinadas actuaciones. Es importante que, cuando reciba consultas o denuncias, esa instancia actúe con rapidez y discreción, respetando los derechos del denunciante y de los implicados.

Transparencia, todas las operaciones de la empresa que supongan cobros y pagos deben recogerse fiel, ordenada y puntualmente en la contabilidad así como establecer criterios para la contabilidad de pagos dudosos. Como es lógico se deben prohibir siempre, asientos falsos, deformados, etc.. Se debe establecer claramente el criterio de que la empresa devolverá siempre los pagos ilícitos y resarcirá a los perjudicados por sus actuaciones corruptas.

La empresa debe dedicar medios al control, los colaboradores deben recibir instrucciones precisas para ayudar a los auditores e inspectores. Deben establecerse procedimientos claros y justos para la definición de responsabilidades por actuaciones corruptas, las sanciones deben ser proporcionadas, conocidas y claras. 

Puede ser oportuno que la empresa ayude a sus colaboradores mediante la formación dándoles criterios morales y jurídicos, es bueno que los colaboradores participen de alguna manera en el establecimiento de su código ético. En su caso nada sustituye a una selección de directivos y colaboradores éticos.    




Las empresas no pueden conformarse con evitar ser blanco de la corrupción ajena o incurrir, ellas mismas o sus directivos y colaboradores, en situaciones de corrupción, sino que deben proponerse activamente actuar siempre dentro de las normas legales y morales sobre ese tema. Más aún, es bueno que se propongan actuar positivamente para combatir la corrupción, empezando por su sector y por su ciudad o región.












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